Qué es el complemento de pago (CFDI PPD) y cuándo tienes que emitirlo

Qué es el complemento de pago (CFDI PPD) y cuándo tienes que emitirlo

El complemento de pago es un CFDI de tipo pago que emites cada vez que cobras una factura que no se pagó al momento, es decir, una factura PPD. En 2026 se emite uno por cobro, a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al pago, y le dice al SAT cuánto te pagaron y cuánto falta. Sin él, tu cliente no puede deducir esa compra ni acreditar el IVA.

Casi siempre esta pregunta llega de la misma forma: vendiste a crédito, facturaste y, semanas después, el cliente te pide “el complemento”. En esta guía explico qué es, cómo decidir entre PUE y PPD en el momento de facturar, cómo se ve un complemento con dos abonos, qué hacer si ya timbraste PUE y no te pagaron, y por qué los complementos que se olvidan casi siempre vienen de una cobranza mal registrada. Información verificada en septiembre de 2026.

¿Qué es el complemento de pago?

El complemento de pago es un comprobante fiscal digital de tipo “P” (pago) que acredita que recibiste dinero por una factura emitida antes con saldo pendiente. La versión vigente es el Complemento para recepción de pagos 2.0, obligatorio desde abril de 2023 junto con el CFDI 4.0. También lo vas a oír como “recibo electrónico de pago” o “factura de pago”: es lo mismo.

Le sirve a los dos lados. A tu cliente, para deducir la compra y acreditar el IVA en el mes en que realmente te pagó. A ti, para comprobar ante el SAT el dinero que efectivamente cobraste, que es el que cuenta para el IVA.

Detrás de la pregunta hay casi siempre una operación concreta: vendes a crédito. Si todo lo cobras al momento, nunca vas a necesitar un complemento. Si das plazo, abonos o facturas antes de que te paguen, lo vas a emitir seguido. Si todavía te estás acomodando con la factura electrónica en general, conviene repasar primero qué es la facturación electrónica y volver aquí.

Saber qué es resuelve la mitad. La otra mitad es reconocer en qué ventas te toca.

¿Cuándo se debe emitir el complemento de pago?

Se emite cada vez que recibes un pago de una factura que se timbró como PPD, sin importar si el pago es parcial o total. Si la factura fue PUE, no lleva complemento.

Los casos que más veo en comercios que venden a crédito son estos:

  • Pagos en parcialidades. El cliente liquida una factura en dos, tres o más abonos. Cada abono lleva su complemento, numerado como parcialidad 1, 2, 3.
  • Pago diferido. Facturas hoy y te pagan todo en una sola exhibición, pero semanas después. Ese único pago también lleva complemento, porque la factura salió sin cobrar.
  • Un pago que cubre varias facturas. El cliente te hace una transferencia que liquida tres facturas pendientes. Se puede amparar con un solo complemento que relacione las tres.

¿Y si el cliente paga en el mostrador el mismo día que le facturas? Ahí no hay complemento: la factura va PUE y queda cerrada. Todo depende de una decisión que tomas antes, al emitir la factura, y es donde más errores encuentro.

¿Qué diferencia hay entre una factura PUE y una PPD?

PUE (pago en una sola exhibición) es la factura de una venta que ya cobraste completa; PPD (pago en parcialidades o diferido) es la de una venta con saldo pendiente. La PUE no lleva complemento; la PPD lleva uno por cada cobro.

En el mostrador, la pregunta para decidir es una sola: ¿te pagó todo hoy? Si la respuesta es sí, PUE con la forma de pago real. Si la respuesta es no, o no sabes cuándo ni cómo te va a pagar, PPD. En la factura PPD la forma de pago va como 99, Por definir, porque todavía no conoces el medio; la forma real (efectivo, transferencia, cheque) se anota en cada complemento. Es el detalle que casi ninguna guía menciona y el que más facturas mal llenadas deja.

Factura PUEFactura PPD
Método de pagoPago en una sola exhibiciónPago en parcialidades o diferido
Forma de pago en la facturaLa real (efectivo, transferencia, tarjeta)99, Por definir
¿Lleva complemento de pago?NoSí, uno por cada cobro
Ejemplo de mostradorEl cliente paga su compra en caja y pide facturaUn cliente frecuente se lleva material a 30 días

En la guía completa de CFDI 4.0 explico los demás campos de la factura, y en cómo facturar CFDI 4.0 desde tu punto de venta cómo sale la factura desde la caja.

¿Qué pasa si emito una factura PUE y el cliente no me paga?

La factura PUE le dice al SAT que ya cobraste, así que declaras un ingreso que no tienes y tu cliente deduce algo que no ha pagado. Lo primero es hablar con el cliente: muchas veces el pago llega en días y el problema desaparece.

Si el pago no va a llegar pronto, lo prudente es cancelar la factura PUE ante el SAT y, si la venta sigue en pie, reemitirla como PPD con forma de pago 99, para después amparar cada cobro con su complemento. La cancelación tiene sus propios motivos y, según el monto y la fecha, puede requerir que el cliente la acepte; revísalo con tu contador antes de hacerlo, porque cada caso tiene matices.

Decidir bien entre PUE y PPD evita la mitad de los problemas. La otra mitad está en el calendario.

¿En qué fecha debe emitirse el complemento de pago?

El complemento se emite a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que recibiste el pago. La fecha que manda es la del cobro, no la de la factura.

Un ejemplo con el calendario de este otoño: si un cliente te abona el 20 de octubre, el complemento de ese abono tiene que estar timbrado a más tardar el 5 de noviembre. Si te paga el 2 de noviembre, tienes hasta el 5 de diciembre. Nada impide emitirlo el mismo día del cobro, y en la práctica es lo más seguro: el complemento que se deja “para el cierre del mes” es el que se olvida.

La obligación sale de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y de las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, que es donde el SAT fija este plazo. Si alguna vez cambia, el cambio se publica ahí; por eso conviene consultar el portal del SAT antes de cada cierre de año.

Con la fecha clara, lo siguiente es armar el comprobante.

¿Cómo hacer un complemento de pago paso a paso?

Se hace en cinco pasos: tener la factura PPD timbrada, registrar el cobro, generar el CFDI de pago relacionado con el folio fiscal de esa factura, timbrarlo y enviárselo al cliente. Cualquier herramienta que uses sigue ese orden.

  1. Ubica la factura PPD que el cliente está pagando y su folio fiscal (UUID).
  2. Registra el cobro con la fecha real, la forma de pago real y el monto recibido.
  3. Genera el complemento relacionando esa factura, con el número de parcialidad, el saldo anterior, el importe pagado y el saldo que queda.
  4. Tímbralo a través de tu proveedor de certificación (PAC) o del servicio gratuito del SAT.
  5. Envíaselo al cliente en PDF y XML, igual que una factura.

Así se ve con números. Una factura PPD de $11,600 con IVA incluido, emitida el 3 de octubre con forma de pago 99, que el cliente liquida en dos abonos iguales (cifras ilustrativas):

ParcialidadFecha del cobroSaldo anteriorImporte pagadoSaldo insolutoComplemento a más tardar
118 de octubre$11,600$5,800$5,8005 de noviembre
212 de noviembre$5,800$5,800$05 de diciembre

El saldo insoluto del primer complemento es el saldo anterior del segundo. Cuando esa cadena no cuadra, el complemento está mal, y el error más frecuente es arrastrar el saldo de memoria en lugar de tomarlo del registro de cobros. En las distribuidoras, donde un mismo cliente llega a tener varias facturas abiertas, esta cadena se vuelve el centro de la cobranza; lo detallo en la guía de sistemas de facturación para mayoristas y distribuidoras.

¿Qué datos necesitas para emitir un complemento de pago?

Necesitas los datos del cobro y los de la factura que pagan. Del cobro: fecha, forma de pago real, monto, moneda y, si quieres, los datos bancarios de la cuenta de origen y destino. De la factura: el folio fiscal (UUID), el número de parcialidad, el saldo anterior, el importe pagado y el saldo insoluto.

Del receptor se toman los mismos datos que en su factura: nombre, RFC, régimen fiscal y código postal del receptor como aparecen en su constancia de situación fiscal. El uso del CFDI del complemento es uno específico para pagos, distinto al de la factura original; la clave exacta y el resto de los campos vienen en la Guía de llenado del complemento de pagos que publica el SAT. Para timbrarlo necesitas tu certificado de sello digital vigente y un PAC, o el servicio gratuito del SAT, que timbra por ti.

Si un mismo pago liquida varias facturas, esos datos se repiten por cada una. Ahí cambia un poco la mecánica.

¿Se puede hacer un solo complemento de pago para varias facturas?

Sí, siempre que se trate del mismo pago. Si un cliente te hace una sola transferencia que liquida tres facturas PPD, emites un complemento que relaciona las tres y reparte el monto entre ellas, cada una con su parcialidad, su saldo anterior y su saldo insoluto.

El reparto es lo que exige atención. Si el cliente te paga $20,000 y debe tres facturas de $8,000, tienes que definir a cuáles aplicas el dinero: dos completas y $4,000 a la tercera, por ejemplo. Lo más ordenado es aplicarlo de la factura más antigua a la más reciente, y avisarle al cliente cómo quedó, porque su contabilidad tiene que cuadrar con la tuya.

Algunos sistemas hacen ese reparto solos. En Pulpos, por ejemplo, un cobro que cubre varias ventas del mismo cliente se aplica de la más antigua a la más reciente y se factura en un solo complemento, aunque esa función depende del plan que tengas. En un portal donde capturas a mano, el reparto lo haces tú.

¿Y si el complemento nunca sale? Las consecuencias no son iguales para ti y para tu cliente.

¿Qué pasa si no se emite el complemento de pago?

Si no emites el complemento, tu cliente no puede deducir esa compra ni acreditar el IVA, y el SAT puede multarte por no expedir un comprobante que estabas obligado a emitir. Además, el ingreso que cobraste queda sin comprobante que lo respalde frente a lo que declaras.

La consecuencia que llega primero es comercial. El cliente que compra a crédito suele tener contador, y el contador revisa cada mes qué facturas PPD tienen complemento. Si falta, te lo van a reclamar, y un cliente de crédito que tiene que perseguir sus comprobantes empieza a buscar otro proveedor.

La multa es la consecuencia más seria. Su monto está en el Código Fiscal de la Federación y se actualiza con el tiempo, así que verifica la cifra vigente con tu contador en lugar de guiarte por la que circule en internet. La obligación aplica a cualquier régimen, incluido el RESICO, cuando se emite una factura PPD.

Si emitiste un complemento con error, se cancela y se emite uno nuevo con los datos correctos. Los errores que más veo son tres: relacionar el folio fiscal de otra factura, arrastrar mal el saldo insoluto y poner 99, Por definir, en el complemento, donde siempre va la forma de pago real. Los tres se evitan cuando el complemento se arma a partir del registro del cobro y no de memoria.

Y eso lleva a la pregunta práctica: dónde registras hoy ese cobro.

¿Controlo los complementos de pago pendientes con Excel o un sistema?

Si emites pocos complementos al mes, una hoja de Excel con las facturas PPD abiertas y el servicio gratuito del SAT te alcanzan. Cuando vendes a crédito todas las semanas, conviene que el abono, el saldo del cliente y la factura vivan en el mismo lugar, porque el complemento se olvida justo en el hueco entre la libreta de abonos y la herramienta de facturación.

La frase que más escucho en esta etapa es “no sé quién me debe cuánto desde cuándo”. Ese desorden en la cobranza es el mismo que después aparece como complementos sin emitir. Estos son los caminos que veo funcionar, cada uno con su límite:

Camino¿Quién captura el cobro?¿Relaciona la factura solo?Qué operación resuelve
Servicio gratuito del SATTú, dato por datoNo, capturas el folio fiscalEmitir pocos complementos sin costo; no lleva saldos ni cobranza
Facturama (plataforma de facturación)Tú, o tu sistema de ventas por conexión automáticaSí, sobre las facturas emitidas en su plataformaEmitir complementos en volumen sin cambiar tu sistema de ventas; no sabe quién te debe
Contador con CONTPAQi o AspelEl contador, con lo que tú le reportasSí, dentro de su suiteQue el complemento salga donde ya se lleva la contabilidad; el abono le llega tarde si lo reportas a fin de mes
AlegraTú, en la misma plataforma donde facturasSíFacturación y contabilidad juntas; la cobranza del mostrador queda aparte si vendes en otro sistema
PulposLa caja, al registrar el abonoSí, desde la venta a créditoVenta a crédito, saldo del cliente, abono y complemento en el mismo sistema; la PPD y el complemento dependen del plan

Para emitir complementos en volumen sin tocar tu sistema de ventas, Facturama gana: es una plataforma de facturación que timbra a través de un PAC autorizado, emite complementos desde su sitio web y se conecta a otros sistemas por API, que es la conexión automática entre programas. Lo que no hace es llevar tu cobranza; el dato del abono se lo das tú. Si lo que necesitas es que el complemento salga solo del cobro, el orden se invierte. Comparo los dos enfoques a fondo en Facturama vs un sistema de gestión.

En un sistema de gestión como Pulpos, la venta a crédito que registras en el punto de venta deja el saldo pendiente en la cuenta del cliente; la factura de esa venta sale como PPD con forma de pago 99 sin que la elijas a mano, y cada abono que cobras en caja baja la deuda y se factura como complemento desde ese mismo cobro. El inventario, la venta y la cuenta por cobrar quedan conectados, que es lo que evita el complemento olvidado.

Tiene límites que conviene conocer antes. La factura PPD, el complemento y el cobro que cubre varias ventas en un solo complemento dependen del plan. El timbrado necesita conexión: si se cae el internet, la caja sigue cobrando con el modo sin conexión, pero el CFDI se timbra al volver la señal. Y no reemplaza al contador: no genera pólizas contables, así que él sigue haciendo su parte con la información que le compartes, tema que desarrollo en la guía del portal del contador para entregarle todo sin Excel.

Si vas a ordenar primero la cobranza, en cómo manejar cuentas por cobrar con clientes frecuentes explico cómo llevar saldos y plazos antes de pensar en el sistema.

Mi recomendación es concreta. Si facturas a crédito de vez en cuando, usa el servicio gratuito del SAT y una hoja con tus PPD abiertas. Si ya tienes un sistema de ventas que te funciona y solo te falta timbrar complementos, una plataforma de facturación como Facturama. Si vendes a crédito desde el mostrador todas las semanas y el complemento se te escapa porque el abono vive en una libreta, busca un sistema donde la venta, el cobro y la factura sean el mismo registro. Con ese orden, el complemento sale del mismo cobro, a tiempo, y tu cliente puede deducir sin tener que pedírtelo.

Preguntas frecuentes sobre el complemento de pago

¿El complemento de pago reemplaza a la factura original?

No la reemplaza: los dos comprobantes conviven. La factura PPD ampara la venta, con los productos, el total y el IVA, y cada complemento ampara un cobro de esa venta. Por eso el complemento se relaciona con el folio fiscal de la factura y no repite los conceptos. Tu cliente necesita los dos documentos para deducir la compra y acreditar el IVA en el mes en que te pagó.

¿Qué forma de pago lleva una factura PPD?

La factura PPD lleva la forma de pago 99, Por definir, porque al momento de facturar todavía no sabes cómo te va a pagar el cliente. La forma real, sea efectivo, transferencia, cheque o tarjeta, se anota después en cada complemento de pago, según cómo llegó cada abono. Poner transferencia en la factura PPD es un error común que luego obliga a corregir el comprobante.

¿Los contribuyentes del RESICO también emiten complemento de pago?

Sí. Si tributas en el RESICO y emites una factura PPD, te toca emitir el complemento de pago en cada cobro, con el mismo plazo que cualquier otro contribuyente: a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al pago. El régimen cambia la forma en que calculas tus impuestos, pero la obligación de comprobar los cobros de una venta a crédito sigue igual.

¿Cómo sé si una factura ya tiene complemento de pago?

Revisa la factura en tu sistema de facturación: si cada cobro registrado aparece con su complemento timbrado y el saldo insoluto del último quedó en cero, la factura está cubierta. Si no usas sistema, entra a la consulta de facturas del portal del SAT y busca comprobantes de tipo pago relacionados con el folio fiscal de esa factura. Tu cliente puede hacer la misma búsqueda entre sus facturas recibidas.

¿Puedo emitir el complemento de pago gratis?

Sí. El servicio gratuito de facturación del SAT permite emitir complementos de pago sin contratar a nadie: entras con tu RFC, capturas cada dato a mano y timbras con tu certificado de sello digital. Funciona bien si emites pocos al mes. Cuando son muchos, la captura manual de folios, parcialidades y saldos es justo donde aparecen los errores y los complementos que se quedan sin emitir.


Información verificada en septiembre de 2026; consulta el portal del SAT para reglas vigentes. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de tu contador.

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Alejandro Solís, autor de Sistemas para Negocio

Sobre el autor

Alejandro Solís

Consultor con 15 años implementando sistemas de punto de venta, inventario y facturación electrónica en comercios mexicanos. Prueba los sistemas, habla con quienes los usan a diario y publica lo que encuentra.

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